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Logros y Acciones

En un reciente artículo publicado por investigadores de las universidades Javeriana, Nacional, Kansas y Washington en la que  se hace una exhaustiva revisión de investigaciones existentes sobre promoción y publicidad de alimentos y productos ultraprocesados en América Latina, se encontró que gran parte de la publicidad corresponde a  comestibles ultraprocesados altos en azúcares adicionados, sodio o grasas saturadas. Por su parte, alimentos como frutas, verduras y leguminosas tienen muy poca visibilidad en medios de comunicación.

Así mismo, esta revisión académica publicada por la Revista de Salud Pública de la Universidad de Sao Pablo, arrojó los siguientes hallazgos:

  • Los comestibles publicitados en TV durante las franjas infantiles tenían menor calidad nutricional comparados con aquellos que se promocionan durante la franja de adultos.
  • Varios estudios encontraron que la población infantil realiza una interpretación literal de las imágenes que aparecen en los empaques de los productos.
  • La exposición a la publicidad de comestibles no saludables alrededor de  colegios está relacionada con un deterioro en los patrones de alimentación en la población infantil.

Esta nueva evidencia debe urgir al Estado colombiano a adoptar medidas para que niñas, niños y adolescentes se desarrollen en entornos que favorecen la alimentación y nutrición adecuada, tales como la restricción de la publicidad de comida chatarra dirigida a ellos, lo cual es fundamental en un país donde, de acuerdo con la Encuesta Nacional de la Situación Nutricional (ENSIN) de 2010 y 2015, el exceso de peso:

  • Pasó de 4,9% a 6,3% en niños y niñas menores de 5 años.
  • Incrementó 5,6 puntos porcentuales en niños y niñas de 5 a 12 años (de 18,8% a 24,4%), ya son 1 de cada 4.
  • Aumentó de 2,4 puntos porcentuales en adolescentes de 13 a 17 años (de 15,5% a 17,9%)

Adicionalmente, según la Encuesta Nacional de la Situación Escolar (ENSE) de 2018, el 74% de los estudiantes consume una o más bebidas azucaradas por día y solo 1 de cada 10 consume frutas y verduras según las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud.

Para Mercedes Mora, profesora de la Universidad Nacional y Universidad Javeriana y para Luis Fernando Gómez, profesor de la Universidad Javeriana, la evidencia indica que la industria muestra el consumo de comestibles y bebidas no saludables, como algo divertido y excitante. Esta y otras estrategias refuerzan la lealtad de marca a muy temprana edad, lo cual representa para la industria la posibilidad de garantizar ingresos financieros permanentes a largo plazo, a costa de la salud de la población infantil.

Desde el 2017, organizaciones de la sociedad civil como Red PaPaz, Educar Consumidores, FIAN, Dejusticia, entre otras vienen adelantando acciones para promover que Colombia acoja las recomendaciones de la OPS para detener los altos índices de obesidad en menores de edad, impulsando políticas públicas para reducir el consumo de productos ultraprocesados, que incluyen regular la publicidad de estos productos dirigida a niñas, niños y adolescentes, la implementación de sellos frontales de advertencia y la promoción de entornos escolares saludables y establecer impuestos saludables.

Para Carolina Piñeros, Directora Ejecutiva de Red PaPaz la publicidad de productos no saludables dirigida a niñas y niños se debe eliminar, es muy difícil  para una familia crear hábitos saludables cuando están expuestos de manera permanente a atractivos anzuelos por parte de las marcas que atraen su interés y atención; estás ven a nuestros hijos cómo consumidores sin importarles su bienestar ni su futuro.

Esta revisión de investigaciones existentes sobre promoción y publicidad de alimentos y productos ultraprocesados en América Latina fue llevada a cabo en el marco del convenio de cooperación entre la Universidad de Carolina del Norte y la Pontificia Universidad Javeriana, el cual es financiado por Bloomberg Philanthropies.

El pasado 19 de julio, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) confirmó la sanción impuesta a Postobón por $1.667.825.700 por la difusión de publicidad engañosa de sus refrescos “Hit”, luego de que la compañía de bebidas había presentado una apelación a esta decisión.

 

De acuerdo con la investigación realizada por la SIC, se probó que la publicidad de productos “Hit” incorporaba engaños que afectaban especialmente a niñas, niños y adolescentes. Las frases “lo natural es un Hit” o “Hit es fruta de verdad” “Jugos Hit”, utilizadas por Postobón, se refieren a calidades que el producto no tiene y conducían al engaño; ya que el producto solo contenía entre un 8% y 14% de fruta y sí tiene adicionados varios ingredientes artificiales.

 

Por otra parte, la autoridad de protección al consumidor sostuvo que la multa impuesta debía corresponder al 95% del máximo establecido en la ley, considerando que la publicidad estuvo al aire durante un período prolongado en la mayoría de medios de comunicación y fue conocida por la población colombiana.

 

Cabe recordar que, en 2017, Red PaPaz denunció la publicidad engañosa por parte de Postobón S.A. con su producto “Hit” por contener mensajes contrarios a la realidad, dado que la cantidad efectiva de fruta del producto es muy reducida; adicionalmente, por no ser conveniente para niñas, niños y adolescentes, toda vez que el azúcar supera 10 veces el valor máximo acorde a la recomendación de la Organización Panamericana de la Salud.

 

Esta histórica decisión favorece la protección de los derechos de los consumidores, principalmente de niñas, niños y adolescentes, y previene a los productores de comestibles dirigidos a la población de menor de 18 años, hacer una publicidad que conduzca al engaño.

 

Para Carolina Piñeros Ospina, Directora Ejecutiva de Red PaPaz, hace casi 4 años, cuando interpusimos esa queja, era impensable un fallo a favor por publicidad engañosa dirigida a la niñez. Este es un importantísimo precedente, que debería lograr un cambio de fondo en toda la publicidad dirigida a esta población. Velaremos por que así sea.

Red PaPaz, de la mano de Sandra García Jaramillo, Isabel Segovia Ospina, Andrés Vélez Serna y Nayib José Chalela Ambrad presentamos oposiciones a las medidas cautelares establecidas por jueces que suspenden el regreso a la educación presencial en Bucaramanga, Cauca, Cúcuta, Palmira, Popayán y Valledupar, con el fin de se reanude el regreso a la presencialidad lo más pronto posible y mitigar las consecuencias derivadas de prolongar el cierre de las educativas educativas.

Red PaPaz de la mano de FIAN Colombia presentó un concepto frente al Proyecto de Acuerdo 052 de 2021 “por el cual se establecen lineamientos y estrategias tendientes a prevenir y combatir los problemas de salud pública asociados a la alimentación no saludable en las tiendas escolares oficiales del Distrito Capital” en donde insistíamos que el proyecto debe

  • Priorizar instituciones educativas públicas y privadas. La medida no se debe limitar a las tiendas escolares, debe ser general, abarcando todo el ámbito de las instituciones oficiales, y se tiene que extender a las no oficiales de los niveles de preescolar, básica y media, teniendo en cuenta que los derechos de niñas, niños y adolescentes (NNA) son universales y que son sujetos de especial protección
  • Regular los entornos escolares alimentarios saludables siguiendo las recomendaciones de organismos internacionales como la Organización Panamericana de la Salud (PAHO).
  • Reconocer que los productos comestibles y bebibles ultraprocesados deben ser restringidos en la oferta de las tiendas escolares, dado su carácter perjudicial para la salud.
  • Especificar que las Secretarías de Salud y Educación harán seguimiento y vigilarán el cumplimiento de la aplicación de la norma.
  • Prohibir en el entorno escolar la publicidad de productos comestibles y bebibles ultraprocesados dirigida contra niñas, niños y adolescentes.
  • Priorizar los alimentos naturales con alto aporte nutricional tanto en las tiendas escolares, en el servicio de restaurante escolar, en el programa de alimentación escolar (PAE), así como en los eventos nutricionales.
  • Propiciar acciones pedagógicas que fomenten prácticas alimentarias saludables incluidas en los proyectos educativos institucionales, como: cursos de lonchera saludable, cursos de cocina, huertas, compostaje, entre otros.
  • Establecer una evaluación del Plan de disminución progresiva de la oferta de alimentos no saludables a 31 de diciembre de 2020, previsto originalmente en el artículo 5 numeral 4 de la Resolución No 2092 del 19 de noviembre de 2015. Dado que ya pasaron cinco años desde la expedición de dicha resolución, no se pueden ampliar más los plazos para adoptar estas medidas que son urgentes y se debe exigir que la transición inicie de manera inmediata

Adicionalmente reiterábamos la disposición de ambas organizaciones a brindar apoyo técnico en el proyecto buscando la promoción de la salud de niñas, niños y adolescentes.

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